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Guipúzcoa en la Ley Vasca de Derecho Civil Foral

Celaya Ibarra, Adrián (1998) Guipúzcoa en la Ley Vasca de Derecho Civil Foral. Azpilcueta. Cuadernos de Derecho (12). pp. 13-20. ISSN 1138-8552

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URL Oficial: http://www.euskomedia.org/analitica/322

Resumen

La ley vasca del 1 de julio de 1992 abre un marco en el que las costumbres familiares guipuzcoanas pueden alcanzar el rango de ley. Dichas costumbres nunca llegaron a ser escritas, pese a las demandas de las Juntas Generales. La ley atiende las peticiones de juristas guipuzcoanos como Echegaray, Cillán o Navajas y en el artículo 147 ordena que se estudien las instituciones civiles de Guipúzcoa para promulgar con rango de ley

Tipo de elemento:Artículo
Información Adicional:Continuación de Cuadernos de Sección. Derecho
Palabras Clave Informales:Juntas Generales; Echegaray Corta, Bonifacio de; Cillán Apalategui, Antonio; Derecho; Gipuzkoa
Materias:Ciencias jurídicas. Leyes
Código ID:6398
Última modificación:11 May 2011 16:38
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